jueves, 17 de febrero de 2011

Que viene la Sinde, y yo con estos pelos...

Muy buenos días!!!
            Oh, madre mía, me acabo de acordar de Leticia Sabater gritando aquello de <<con muchaaaa marchaaa!!!>>, nooor...mi infancia truncada^^ En fin, ya desvarío desde primera hora de la mañana y eso que aún solo me he tomado una dosis de cafeína, y teniendo en cuenta que terminé de redactar esto anoche a las 4 y pico...aún me quedan unas cuantas.

            Hoy queridos locuelos, os voy a hablar de la archiconocida Ley Sinde, y ¿por qué?, pues principalmente porque:
            1º.- No hacen más que comernos la cabeza sobre ella, y nos la venden como la panacea de la protección de la propiedad intelectual en la lucha contra la erradicación de las páginas webs con contenidos que no sean propios, tan usadas por el pueblo llano, y no tan llano.
            2º.- Gracias a los 244 votos a favor recibidos en el Senado el pasado día 9 de Febrero de 2011, solo falta que supere el rasero del Congreso, bueno y tras eso el desarrollo reglamentario, pero para el caso...
            3º.-  Se dice y se comenta, que hay cierta presión por parte de la industria estadounidense, entre otros, para muestra un botón, clic, clic
            Vivimos en un país de chufla, o como decía H.Simpson << el país feliz de la casa de gominola, de la calle de la piruleta>> donde burlarse del sistema de Derecho en fácil y donde quien tiene el poder no son los ciudadanos, sorpresa.
            4º.-. Estudio Derecho, sí, eso también influye.

            Su nombre real  y por el momento es Propuesta de Modificación de la Disposición Final Segunda del Proyecto de Ley de Economía Sostenible, y sí bingo, es una de esas medidas tomadas por nuestro actual Gobierno para paliar la crisis existente, para más detalles clic.


Ideas básicas:
1º. ¿Qué supone?
            Pues, la creación dentro del Ministerio de Cultura de una Comisión de Propiedad Intelectual, dividida en dos Secciones:
                        1.- Sección Primera: encargada de mediar y actuar de árbitro entre las partes implicadas dentro de la vulneración al derecho a la propiedad intelectual, previo sometimiento voluntario y por escrito de las mismas.
                        2.- Sección Segunda: cuya función es la de velar por la salvaguarda de los derechos de la propiedad intelectual frente a su vulneración por los responsables de servicios de la sociedad de información.

Es decir, serían algo así como La Santa Inquisición de la propiedad intelectual, y sus miembros serían expertos de reconocida competencia en la materia de propiedad intelectual, vale, blanco y en botella...

2º.- ¿Qué se entiende por vulneración de los derechos de la propiedad intelectual?
            Aquellas conductas realizadas por los responsables de servicios de la sociedad de información* que se valgan de los derechos de la propiedad intelectual ajenos con ánimo de lucro, o hayan causado o puedan causar un daño patrimonial.

*Básicamente las páginas web de enlaces, 200 en concreto forman parte de una lista entregada al Ministerio de Industria por, chan, chan, chan, la SGAE, no, si no se pierden una, clic.

Pese a la multitud de casos sobreseídos, demandas desestimadas...porque el mero hecho de linkear un enlace no es delito, y sino, buscad en el CP.

3º.- ¿Qué medidas y cómo?
            Las medidas se orientan a la interrupción de la prestación de servicios de difusión o la retirada de contenidos. Y se ejecutarán las medidas de la Sección Segunda previa autorización judicial procedente de los Juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo.

4º.- ¿Pero eso se puede hacer, así sin más?
            Hemos de tener en cuenta, que va a ser el Ministerio de Cultura, o un elemento del mismo quien va a decidir por los jueces, tralarí, tralará.... los jueces de lo contencioso-administrativo lo que van a hacer, y según veo en un tiempo record, eso no se lo cree nadie, es autorizar los actos de la Sección Segunda. Pero, si se está afectando a la libertad de expresión e información al cerrar una web, qué ven mis ojos, pero, pero ¿eso no es un  derecho fundamental?, individual, con especial protección, entonces, ¿qué carajos hacen esta panda de iluminados del Ministerio de Cultura?, bueno, pues rendir culto a los Señores de la industria del cine, de la música...
            Y lo mejor de todo es que al Comisión se convierte en el sheriff, es un arriba las manos literalmente <<el planteamiento de la controversia sometida a decisión arbitral ante la Comisión impedirá a los Jueces y Tribunales conocer de la misma...>>

5º.- ¿En que modo, forma o cómo nos afectará a los simples mortales?
            Pues si se interpreta de una forma amplia los elementos de la vulneración arriba descritos, como parece que se pretende, se admitiría el lucro indirecto, es decir que los usuarios que descarguen por ejemplo una película para verla en su casa también entrarían en el mismo saco, o por ejemplo al colgar contenido de otra persona en tu blog podrían interpretar que estás desarrollando una conducta con intención de perjuicio económico para su legítimo propietario, pese a que no existiera ánimo de lucro.

Por lo que yo os doy la ¡Bienvenida al maravilloso mundo de la Ley de la patada en el router!, clic.


            Y ahora, ¿cómo se os queda el cuerpo?, noto caras de asombro, bien, pues aún no habéis visto lo mejor, si os queda algo de sangre en las venas, aún os traigo un poco  de desinformación, dicen que las comparaciones son odiosas, yo solo os doy puntos de vista distintos, y como sois muy listos sacareis conclusiones bastante rápido.
Yo, me quedo muerrta.

Gracias por haber leido hasta el final,
Os quiero churris ( ^ 3 ^ )

Pd. Y en el próximo capítulo, una de romanos...
      

6 Maripuris opinaron:

Daniel Q. dijo...

Que la gente se nos pierde con CP!!!

Llevo un año escribiendo un blog y tu con tu segundo post has hecho que se me quede cara de imbécil pensando que yo tardo 5 minutos en escribir y currármelo mucho es añadir un vídeo.

No me dejes en evidencia. Atentamente, uno que te odia :P

Akede dijo...

Perdón, para aquellos que no sepan lo que es, con CP me he querido referir al Código Penal, soy humana, y suelo meter la gamba.

Dani, cada uno tiene formas distintas de enfocar su trabajo, y a mi Oda al ego me chifla ya lo sabes, pero en materias como la de arriba, hace falta algo de investigación y un buen desarrollo para no perdernos en el abismo y entender las cosas de forma fácil, y si se trata con un punto de comedia, ya ni te cuento.

Además le dedico tiempo porque soy un desastre, no sabes lo que me ha costado que todo el texto tuviera el mismo formato xD

Y no me odias tanto, porque soy capaz de defender a capa y espada los vaqueros claros en pleno invierno^^

Sara dijo...

Claros vale, pero blancos espero q no!!!! :p

Akede dijo...

Pues a los hechos me remito^^

http://muymona.blogspot.com/2010/07/jeans-blancos-en-invierno-da-o-no-da.html

Elena dijo...

Hola wapa!! me senté en el ordenador y fui a ver si habian actualizado la oda y cuando estaba leyendo las palabras de Dani, que recojo a continuacion: "Voy a hacer publicidad de un blog (El rinconcito de Akede) que acaba de empezar hace apenas unos días. Está escrito por una compañera de clase", caí que eras tú!!! y una cosa me llevo a la otra... y tachan, aqui estoy. Voy a seguir este blog porque con a penas 2 post que has puesto me has atrapado, jeje. Sobretodo con este último... porq estoy de la Ley Sinde... hasta el .....
PD: ahora mismo te pongo junto con la oda,ehhh!!! entre mism favoritos, oh!!!.
Besitos wapa, y pasa un buen finde. Ademas ya sabrás que tenemos una cabaña en el monte esperandonos el proximo viernes!!!!

Akede dijo...

Muchas gracias!!! Además, espero poder dar guerra durante mucho tiempo.

Por otro lado, no sabes las ganas que tengo de que llegue el viernes, va a ser épico, ahí lo dejo jajaja.

Un besote, y disfrutad mañana^^